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PLAN VERDEA
JUN 2023

Ayudas para fomentar actuaciones SbN (soluciones basadas en la naturaleza), dirigidas a la renaturalización del entorno construido en el ámbito de la arquitectura

Objetivo: Fomentar actuaciones SbN (soluciones basadas en la naturaleza), dirigidas a la renaturalización y resiliencia en el entorno urbano de la Comunitat Valenciana, para reducir las consecuencias del cambio climático y conseguir mitigar el efecto isla de calor para mejorar la habitabilidad y la calidad de vida de las personas en los entornos urbanos. 

 

Beneficiarios:  

a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean titulares del espacio urbano y/o edificaciones sobre las que se instale la solución SbN. 

b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. 

c) Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal. 

d) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer la actuación. 

e) Las administraciones locales y demás entidades del sector público de ámbito local que ostenten la titularidad patrimonial del inmueble o espacio urbano, o justifiquen estar en disposición de adquirirlo. 

 

Acciones subvencionables:  

Serán subvencionables las actuaciones SbN en el espacio urbano y/o en edificaciones existentes que tengan carácter permanente, de titularidad pública o privada, ubicados en el suelo urbano de los municipios, que impacten en una o varias de las siguientes áreas clave de desafíos sociales:  

1. Resiliencia climática 

2. Gestión del agua 

3. Riesgos naturales y climáticos 

4. Mejora de la diversidad biológica 

5. Calidad del aire 

6. Salud y bienestar 

Podrán ser subvencionables tipologías de actuaciones SbN, tales como: 

a) Creación de espacios verdes de renaturalización en suelo urbano, con especies autóctonas de bajo requerimiento hídrico, que contribuyan a disfrutar de los beneficios que la naturaleza puede proporcionar en las áreas urbanas, incluidos los efectos positivos para el clima urbano, el efecto «isla de calor», la salud, la recreación y la biodiversidad: 

a.1. Parques urbanos de interacción con la naturaleza y recreación basada en ella, con una superficie mínima de actuación de 100 m². 

a.2. Corredores verdes de recuperación de posibles infraestructuras urbanas abandonadas como: líneas ferroviarias o cursos de agua y ríos, promoviendo incluso la circulación a pie o en bicicleta, con una superficie mínima de actuación de 100 m². 

a.3. Jardines urbanos en patios o espacios públicos, con una superficie mínima de actuación de 100 m². 

b) Intervenciones arbóreas como sumideros de carbono e incremento de superficies sombreadas, con una superficie mínima de sombreamiento de 100 m². 

c) Construcciones ecológicas en edificaciones existentes como: 

c.1. Cubiertas verdes, con especies autóctonas y de bajo requerimiento hídrico, que colaboren en la disminución de la temperatura del aire y la contaminación, la gestión del agua y la mejora de la biodiversidad: 

– Cubiertas verdes extensivas a partir de sustratos delgados de bajo crecimiento y rápida expansión, de escaso mantenimiento y gestión con una superficie mínima de actuación de 70 m². Se reconocerá como actuación de especial interés la ejecución de cubiertas verdes extensivas sobre superficies de fibrocemento, para las cuales no se requerirá una superficie mínima de actuación. 

– Cubiertas verdes intensivas, sobre forjados que admitan la carga que se requiera al tratarse de sistemas más pesados que las cubiertas extensivas, con sustratos de mayor profundidad, caracterizados por utilizar especies vegetales de mayor envergadura, con una superficie mínima de actuación de 70 m². 

– Las cubiertas inteligentes como solución de cubierta verde intensiva o extensiva con un sistema de drenaje bajo la capa de vegetación que retiene las aguas pluviales, devolviéndose el agua naturalmente a la capa de vegetación durante los períodos secos, con una superficie mínima de actuación de 50 m². 

c.2. Fachadas vegetales que favorezcan la reducción del impacto de la radiación solar sobre la envolvente del edificio y aumenten la circulación de aire interior para mejorar la salud y bienestar, así como la gestión del agua de lluvia, aumento de la biodiversidad y reducción de la huella de carbono, mejorando la calidad del aire y proporcionando refugio y alimento para la fauna, a través de medidas tales como: 

– Creación de estructuras para la revegetación vertical a través de muros verdes a modo de estructuras verticales diseñadas para plantar vegetación con un sistema integrado de riego, con una superficie mínima de actuación de 30 m². 

– Creación de doble fachada verde mediante la incorporación de una estructura autoportante adyacente a un edificio, generando un nuevo espacio abierto adscrito al mismo como un corredor, una galería o una terraza, con una superficie mínima de actuación de 30 m². 

d) Aprovechamiento de espacios y estructuras urbanas existentes: 

d.1. Recuperación de espacios urbanos sin uso para su reverdecimiento y mejora de su calidad ambiental, con una superficie mínima de actuación de 100 m². 

d.2. Naturalización de plazas de aparcamiento utilizando pavimentos permeables con vegetación y generar pequeños alcorques, con una superficie mínima de actuación de 100 m². 

d.3. Naturalización de patios escolares a través de la introducción de especies vegetales y otros elementos naturales en ellos, como foco de diversidad vegetal y atracción de fauna, convirtiéndose en un gran recurso educativo. Para ello, podrán adoptarse distintas tipologías de actuación como: plantación de arbolado, aumento de las superficies vegetadas, colocación de enredaderas, montaje de cubiertas verdes, utilización de la vegetación para delimitar usos, implantación de huertas y plantas aromáticas, naturalización de los elementos de juegos, etc. En este caso se requiere una superficie mínima de actuación total de 100 m². 

d.4. Gestión sostenible del agua de lluvia a través de estructuras de transporte y almacenamiento de agua natural, como sistemas urbanos de drenaje sostenible (SUDS) para detención, retención de agua y laminado, filtración, conducción, tratamiento, almacenamiento, reutilización o filtración, una superficie mínima de actuación de 100 m². 

 

Gastos subvencionables:  

1. Podrán formar parte del gasto subvencionable: 

a) El coste de redacción de los proyectos o memorias técnicas y de dirección facultativa de la ejecución de la actuación. Todo ello hasta un máximo del 10 % del coste de la ejecución material de la actuación. 

b) El coste referido al presupuesto de ejecución material de la actuación, según se establezca en el proyecto o memoria técnica, no podrá superar los costes medios de mercado de la Comunitat Valenciana. Se entenderán por costes medios de mercado de la Comunitat Valenciana los que figuren en la edición vigente de la Base de datos de precios de la construcción del Instituto Valenciano de la Edificación. Se entiende por presupuesto de ejecución material aquel que no incluye los gastos generales ni el beneficio industrial del empresario. 

c) El coste de la redacción y ejecución del Plan de evaluación y monitoreo. 

2. En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos o el IVA cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. 

 

Presupuesto subvencionable máximo y cuantía de la ayuda: 

Se subvencionará hasta el 100% del gasto subvencionable, no pudiendo superar la cuantía máxima a percibir el presupuesto total, IVA excluido, de la actuación.  

- Iniciativas públicas: el importe máximo de la subvención no podrá ser superior a 60.000€ ni inferior a 2.000€. El importe de la subvención será del 100% del gasto elegible subvencionable. 

- Iniciativas de organizaciones no gubernamentales, entidades sin ánimo de lucro u otras entidades, en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, etc. de la actuación: el importe máximo de la subvención no podrá ser superior a 40.000€ ni inferior a 2.000€. El importe de la subvención será del 90% del gasto elegible subvencionable. 

- Iniciativas privadas: no podrá ser superior a 20.000€ ni inferior a 2.000€. El importe de la subvención será del 80% del gasto elegible subvencionable.  

 

Fecha límite de solicitud: Hasta el 14 de julio de 2023 

 

Orden de bases + convocatoria: 2023_5657.pdf (gva.es)  

Extracto: 2023_5497.pdf (gva.es)  

 

Más información y enlace de tramitación:  

Plan Verdea - Arquitectura - Generalitat Valenciana (gva.es)  

Enlace de tramitación: Ayudas correspondientes al Plan Verdea, programa de ayudas para fomentar actuaciones SbN, Soluciones Basadas en la Naturaleza, dirigidas a la renaturalización del entorno construido en el ámbito de la arquitectura, y convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 - GVA.ES - Generalitat Valenciana  

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